Tienden a la protección de los recursos naturales y permanencia del hombre en el planeta.
1. Estocolmo, Suecia 1972. -Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidad sobre Medio Ambiente Humano.
Declaración de Estocolmo: es un
conjunto de principios que abogan por el derecho al desarrollo sostenible o
sustentable y a la protección del medio ambiente.
Es el inicio fundacional del
Derecho Medioambiental (conjunto sistematizado de principios y normas
jurídicas, internas e internacionales, que regulan la actividad humana en
cuanto al aprovechamiento sostenible del medio ambiente.
Organizada por: ONU.
Resultados:
Asistieron: 113 países
Inicia con las siguientes proclamas:
- El hombre obra y artífice del medio
que lo rodea, el cual le da el sustento material y le brinda la oportunidad
de desarrollarse intelectual, moral, social y espiritualmente.
- La protección y mejoramiento del
medio ambiente humano es una cuestión fundamental que afecta al bienestar de
los pueblos y al desarrollo económico del mundo entero.
- El hombre debe aprender de su
experiencia y continuar con su capacidad de descubrir, inventar, crear y
progresar (capacidad del hombre de transformar lo que lo rodea), la cual debe
ser usada con discernimiento, y llevar sus beneficios a todos los pueblos del
desarrollo. Su aplicación errónea o imprudente, al mismo tiempo puede causar
daños incalculables al ser humano y a su medio.
- El crecimiento natural de la
población plantea continuamente problemas relativos a la preservación del
medio, y se deben adoptar normas y medidas apropiadas, según proceda, para
hacer frente a esos problemas.
- Con un conocimiento más profundo
y una acción más prudente, se pueden conseguir unas condiciones de vida
mejores en un medio más en consonancia con las necesidades y aspiraciones de
vida del hombre.
-La defensa y el mejoramiento del
medio ambiente humano para las generaciones presentes y futuras se han
convertido en meta imperiosa de la humanidad. Para llegar a esa meta será
menester que ciudadanos y comunidades, empresas e instituciones, en todos los
planos, acepten las responsabilidades que les incumben y que todos ellos
participen equitativamente en la labor común.
La Conferencia encarece a los
gobiernos y a los pueblos que aúnen sus esfuerzos para preservar y mejorar el
medio ambiente en beneficio del hombre y de su posteridad.
Algunos principios fundamentales:
Principio de Igualdad: En materia
ambiental todos los Estados son iguales en deberes y derechos.
Principio del derecho al desarrollo sostenible: “proceso mediante el cual se satisfacen las necesidades de la actual generación, sin poner en riesgo la satisfacción de necesidades de las generaciones futuras”.
Principio de soberanía estatal sobre los recursos naturales propios: los Estados
tienen el derecho soberano de explotar sus propios recursos en aplicación de
su propia política ambiental. Asegurar que las actividades que se lleven a
cabo dentro de su jurisdicción o bajo su control no perjudiquen al medio de
otros Estados o de zonas situadas fuera de toda jurisdicción nacional.”
(Principio 21).
Principio de responsabilidades compartidas: Obliga a los
Estados a asumir su responsabilidad internacional cuando con sus actos dañen
la ecología de otro Estado.
- “El hombre tiene la responsabilidad especial de preservar y administrar juiciosamente el patrimonio de la flora y la fauna silvestre y su hábitat, que se encuentren en grave peligro…” (Principio 4).
- “Los recursos no renovables de la
tierra deben emplearse de forma que se evite el peligro de su futuro
agotamiento y se asegure que toda la comunidad comparte los beneficios de tal
empleo” (Principio 5).
- “Debe ponerse fin a la descarga
de sustancias tóxicas o de otras materias y a la liberación de calor, en cantidades
o concentraciones tales que el medio no pueda neutralizarlas….” (Principio
6).
- “Los Estados deberán tomar todas
las medidas posibles para impedir la contaminación de los mares por
sustancias que puedan poner en peligro la salud del hombre, dañar los
recursos vivos y la vida marina” (Principio 7).
- “El desarrollo económico y social
es indispensable para asegurar al hombre un ambiente de vida y trabajo
favorable y crear en la Tierra las condiciones necesarias para mejorar la
calidad de la vida.” (Principio 8)
- “Tenerse en cuenta los factores
económicos como los procesos ecológicos.” (Principio 10).
- “La planificación racional instrumento indispensable para conciliar las diferencias entre las exigencias del desarrollo y la necesidades de proteger y mejorar el medio”. (Principio 14) - “Debe aplicarse la planificación a los asentamientos humanos y a la urbanización con miras a evitar repercusiones perjudiciales sobre el medio y a obtener los máximos beneficios sociales, económicos y ambientales para todos. (Principio 15).
- “En las regiones en que existe el
riesgo de que la tasa de crecimiento demográfico o las concentraciones
excesivas de población perjudiquen al medio o al desarrollo, o en que la baja
densidad de población pueda impedir el mejoramiento del medio humano y
obstaculizar el desarrollo, debería aplicarse políticas demográficas que
respetasen los derechos humanos fundamentales y contasen con la aprobación de
los gobiernos interesados”. (Principio 16).
- “Toda persona, de conformidad con la legislación nacional, tendrá, la oportunidad de participar, individual o colectivamente, en el proceso de preparación de las decisiones que conciernen directamente a su medio ambiente y, cuando éste haya sido objeto de daño o deterioro, podrá ejercer los recursos necesarios para obtener una indemnización.” (Principio 23). |
2. “Nuestro Futuro Común” de abril de 1987- Informe de la Comisión Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo
Historia: En Octubre de 1984 se reune por primera vez la Comisión Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo (World Commission on Environment and Development) por llamado urgente de la Asamblea General de las Naciones Unidas en el sentido de establecer una agenda global para el cambio. La Comisión partió de la convicción de que es posible para la humanidad construir un futuro más próspero, más justo y más seguro.
Siendo así, que en 1987 presentan informe denominado "Nuestro Futuro Común" (Our Common Future), también conocido como el "Informe Brundtland".
Qué plantea el informe:
vPosibilidad de obtener un crecimiento económico basado en políticas de sostenibilidad y expansión de la base de recursos ambientales. Su esperanza de un futuro mejor, es sin embargo, condicional. Depende de acciones políticas decididas que permitan desde ya el adecuado manejo de los recursos ambientales para garantizar el progreso humano sostenible y la supervivencia del hombre en el planeta. En palabras de la misma Comisión, el informe no pretende ser una predicción futurista sino un llamado urgente en el sentido de que ha llegado el momento de adoptar las decisiones que permitan asegurar los recursos para sostener a ésta generación y a las siguientes.
vSurgió como necesidad apremiante un nuevo concepto de desarrollo, un desarrollo protector del progreso humano hacia el futuro, el "desarrollo sostenible".
Muchas acciones actuales supuestamente orientadas hacia el progreso resultan sencillamente insostenibles, implican una carga demasiado pesada sobre los ya escasos recursos naturales. Puede que esas acciones reflejen utilidades en las hojas de balance de nuestra generación, pero implican que nuestros hijos heredarán pérdidas. Se trata de pedirle prestados recursos a las siguientes generaciones a sabiendas de que no se les podrá pagar la deuda.
vPor eso la Comisión planteó que la humanidad tiene la capacidad para lograr un "desarrollo sostenible", al que definió como aquel que garantiza las necesidades del presente sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades.
El concepto de desarrollo sostenible implica limitaciones. Considera la Comisión que los niveles actuales de pobreza no son inevitables. Y que el desarrollo sostenible exige precisamente comenzar por distribuir los recursos de manera más equitativa en favor de quienes más los necesitan. Esa equidad requiere del apoyo de los sistemas políticos que garanticen una más efectiva participación ciudadana en los procesos de decisión, es decir, más democracia a niveles nacional e internacional. En últimas el desarrollo sostenible depende de la voluntad política de cambiar.
Temas centrales de la Comisión:
- Población y recursos humanos: La población mundial sigue creciendo a un ritmo muy acelerado, especialmente si ese incremento se compara con los recursos disponibles en materia de vivienda, alimentación, energía y salud.
- Alimentación: El mundo ha logrado volúmenes increíbles de producción de alimentos. Sin embargo esos alimentos no siempre se encuentran en los lugares en los que más se necesitan.
- Especies y ecosistemas: recursos para el desarrollo. Muchas especies del planeta se encuentran en peligro, están desapareciendo.
- Energía: se sabe que la demanda de energía se encuentra en rápido aumento, si la satisfacción de la misma se basara en el consumo de recursos no renovables el ecosistema no sería capaz de resistirlo. Los problemas de calentamiento y acidificación serían intolerables.
- Industria: El mundo producía ya en 1987 siete veces más productos de los que fabricaba en 1950. Los países industrializados han podido comprobar que su tecnología antipolución ha sido efectiva desde el punto de vista de costos en términos de salud, propiedad y prevención de daño ambiental y que sus mismas industrias se han vuelto más rentables al realizar un mejor manejo de sus recursos.
- El reto urbano: Al comienzo del nuevo siglo prácticamente la mitad de la humanidad habitará en centros urbanos. No es fácil suministrarle a sus poblaciones en crecimiento la tierra, los servicios y la infraestructura necesaria para una adecuada forma de vida: agua limpia, sanidad, colegios y transporte.
-Finalmente el informe realiza un llamado a la acción. Recuerda que al comenzar el siglo veinte ni la población ni la tecnología humana tenían la capacidad de alterar los sistemas planetarios. Al terminar el siglo si tienen ese poder y más aún muchos cambios no deseados se han ya producido en la atmósfera, el suelo, el agua, las plantas, los animales y en las relaciones entre éstos. Ha llegado pues el momento de romper lo patrones del pasado. Los intentos por mantener la estabilidad social y ecológica a través de esquemas anticuados de desarrollo y protección ambiental aumentarán la inestabilidad. La seguridad debe buscarse a través del cambio. La Comisión se dirige antes que nada a las personas de todos los países y de todas las condiciones.
Propuestas Formuladas:
- Reducir los niveles de pobreza.
- Mejorar el nivel de la educación
- urgentes medidas que permitan hacer un mejor uso de la energía. La estructura energética del siglo veintiuno debe basarse en fuentes renovables.
- Protección de especies, preocupación política prioritaria.
- PML
- Gobiernos a asegurar que sus agencias y divisiones actúen con responsabilidad en el sentido de apoyar un desarrollo que sea sostenible económica y ecológicamente.
- Deben fortalecer las funciones de sus entidades encargadas del control ambiental.
- Los cambios en las actitudes humanas que reclama dependen de vastas campañas de educación, debate, y participación pública.
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3. Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo Carta de Río/92. (Cumbre para la Tierra).
Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), también llamada “Cumbre para la Tierra”, desarrollada en Río
de Janeiro 1992.
Resultados:
Programa 21: Consistió en un
programa de acciones minucioso y amplio que exigía nuevas formas de invertir
en nuestro futuro para poder alcanzar el desarrollo sostenible en el siglo
XXI. Sus recomendaciones iban desde nuevos métodos educativos, hasta nuevas
formas de preservar los recursos naturales, pasando por nuevos caminos para
participar en el diseño de una economía sostenible. La pretensión global del
Programa 21 era impresionante, ya que su objetivo era nada menos que crear un
mundo seguro y justo en la que toda existencia fuese digna y plena.
Objetivo: establecer una alianza mundial nueva y equitativa mediante la creación de nuevos niveles de cooperación entre los Estados, los sectores claves de las sociedades y las personas.
Principios: 27
a). Desarrollo Sostenible:
- Los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones
relacionadas con el desarrollo sostenible. Tienen derecho a una vida
saludable y productiva en armonía con la naturaleza.
- El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras. - A fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada. b) Cooperación Internacional:
- Los Estados deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial
para conservar, proteger y restablecer la salud y la integridad del
ecosistema de la Tierra. En vista de que han contribuido en distinta medida a
la degradación del medio ambiente mundial, los Estados tienen responsabilidades
comunes pero diferenciadas.
- En las medidas internacionales que se adopten con respecto al medio
ambiente y al desarrollo también se deberían tener en cuenta los intereses y
las necesidades de todos los países.
- Los Estados deberían cooperar efectivamente para desalentar o evitar la reubicación y la transferencia a otros Estados de cualesquiera actividades y sustancias que causen degradación ambiental grave o se consideren nocivas para la salud humana. - Todos los Estados y todas las personas deberán cooperar en la tarea esencial de erradicar la pobreza como requisito indispensable del desarrollo sostenible, a fin de reducir las disparidades en los niveles de vida y responder mejor a las necesidades de la mayoría de los pueblos del mundo. - Los Estados deberán notificar inmediatamente a otros Estados de los desastres naturales u otras situaciones de emergencia que puedan producir efectos nocivos súbitos en el medio ambiente de esos Estados.
c) Rol de la
Ciudadanía:
- El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la
participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que
corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado
a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades
públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que
encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar
en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y
fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la
información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a
los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento
de daños y los recursos pertinentes.
d) Responsabilidad por Daño Ambiental.
- Los Estados deberán desarrollar la legislación nacional relativa a
la responsabilidad y la indemnización respecto de las víctimas de la
contaminación y otros daños ambientales. Los Estados deberán cooperar
asimismo de manera expedita y más decidida en la elaboración de nuevas leyes
internacionales sobre responsabilidad e indemnización por los efectos adversos
de los daños ambientales causados por las actividades realizadas dentro de su
jurisdicción, o bajo su control, en zonas situadas fuera de su jurisdicción.
e) Precaución.
- Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán
aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades.
Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza
científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la
adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la
degradación del medio ambiente.
f) Internalización de los costos ambientales.
- Las autoridades nacionales deberían procurar fomentar la
internalización de los costos ambientales y el uso de instrumentos
económicos, teniendo en cuenta el criterio de que el que contamina debe, en
PRINCIPIO, cargar con los costos de la contaminación, teniendo debidamente en
cuenta el interés público y sin distorsionar el comercio ni las inversiones
internacionales.
g) Evaluación del Impacto Ambiental.
- Deberá emprenderse una evaluación del impacto ambiental, en calidad
de instrumento nacional, respecto de cualquier actividad propuesta que
probablemente haya de producir un impacto negativo considerable en el medio
ambiente y que esté sujeta a la decisión de una autoridad nacional
competente.
h) Guerra y Desarrollo Sostenible.
La guerra es, por definición, enemiga del desarrollo sostenible. En
consecuencia, los Estados deberán respetar las disposiciones de derecho
internacional que protegen al medio ambiente en épocas de conflicto armado, y
cooperar en su ulterior desarrollo, según sea necesario, por lo que la paz,
el desarrollo y la protección del medio ambiente son interdependientes e
inseparables.
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4. Carta de la Tierra
5. Declaración Johannesburgo/2002 - sobre el Desarrollo Sostenible
Realizada en el marco de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo
Sostenible en Johannesburgo (Sudáfrica) 2002, en la cual se reafirmó el
compromiso mundial en pro del desarrollo sostenible.
En la Declaración, los firmantes asumieron la responsabilidad
colectiva de promover y fortalecer, en los planos local, nacional, regional y
mundial, el desarrollo económico, desarrollo social y la protección
ambiental, pilares interdependientes y sinérgicos del desarrollo sostenible.
El instrumento se presenta como un plan práctico y concreto cuyo fin es erradicar la pobreza y promover el desarrollo humano. En el comienzo, la Declaración realiza un recuento histórico explicando que hace 30 años, en Estocolmo, los estados firmantes se pusieron de acuerdo sobre en que era apremiante la necesidad de abordar el problema del deterioro ambiental. Y que luego, hace 10 años, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro, convinieron en que la protección del medio ambiente, el desarrollo social y el desarrollo económico eran fundamentales para lograr el desarrollo sostenible basado en los principios de Río.
En Johannesburgo
se plantearon diversos problemas a resolver:
1. La erradicación
de la pobreza, la modificación de pautas insostenibles de producción y
consumo y la protección y ordenación de la base de recursos naturales para el
desarrollo social y económico los cuales son objetivos primordiales y
requisitos fundamentales de un desarrollo sostenible.
2. La profunda
fisura que divide a la sociedad humana entre ricos y pobres, así como el
abismo cada vez mayor que separa al mundo desarrollado del mundo en
desarrollo, representan una grave amenaza a la prosperidad, seguridad y
estabilidad mundiales.
3.
El medio
ambiente mundial sigue deteriorándose. Continúa la pérdida de biodiversidad;
siguen agotándose las poblaciones de peces; la desertificación avanza
cobrándose cada vez más tierras fértiles; ya se hacen evidentes los efectos
adversos del cambio del clima; los desastres naturales son más frecuentes y
más devastadores, y los países en desarrollo se han vuelto más vulnerables,
en tanto que la contaminación del aire, el agua y los mares sigue privando a
millones de seres humanos de una vida digna.
4. La globalización ha agregado una nueva dimensión a estos problemas. La rápida integración de los mercados, la movilidad del capital y los apreciables aumentos en las corrientes de inversión en todo el mundo han creado nuevos problemas, pero también nuevas oportunidades para la consecución del desarrollo sostenible. Pero los beneficios y costos de la globalización no se distribuyen de forma pareja y a los países en desarrollo les resulta especialmente difícil responder a este reto.
Compromiso con el
desarrollo sostenible:
En Johannesburgo se reconoció la realidad que la sociedad mundial
tiene los medios y los recursos para responder a los retos de la erradicación
de la pobreza y el logro del desarrollo sostenible que enfrenta toda la
humanidad. Estableciéndose que unidos se redoblarían los esfuerzos para que
esos recursos disponibles sean aprovechados en beneficio de todos.
Los Estado convinieron en que, en la realización de sus actividades
legítimas, el sector privado, incluidas tanto las grandes empresas como las
pequeñas, tiene el deber de contribuir a la evolución de comunidades y
sociedades equitativas y sostenibles.
Se convino, asimismo, en que es necesario que las empresas del sector
privado asuman plena responsabilidad de sus actos en un entorno regulatorio
transparente y estable.
Los Estados se comprometieron a verificar regularmente los avances
hacia nuestros objetivos y metas de desarrollo sostenible.
Los Estados firmantes se comprometieron a aunar esfuerzos, resueltos a
salvar nuestro planeta, promover el desarrollo humano y lograr la prosperidad
y la paz universales. Comprometiéndose, asimismo, a cumplir el Plan de
Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo
Sostenible y a acelerar la consecución de los objetivos socioeconómicos y
ambientales en los plazos que allí se fijan.
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6. Pacto Global- principios 2012
http://www.unido.org/es/que-hacemos/medio-ambiente-y-energia/el-protocolo-de-montreal.html
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